La
primera referencia documental o si se prefiere, documento más
antiguo conocido que habla de la existencia de la Hermandad, está
fechado en el año de 1647, y se trata, como en otros tantos casos
análogos de hermandades en nuestra Ciudad, de una disposición
notarial registrada en la escritura de protocolo del escribano
Jaime Blanco, por la que Juan de León, hermano que fue de esta
Hermandad, deja dispuesto en su testamento una limosna (herencia)
a favor de la misma.
"En la ciudad de Málaga en cinco días del mes de diciembre de 1647
años ante mi el escribano público y testigos de uso escritos
compareció Francisco García, vecino de esta ciudad a quien doy fe
que conozco y digo que como mayordomo de la Hermandad del Santo
Cristo de la Puente del Cedrón, de la Cofradía del Santo Cristo de
la Columna, sita en la iglesia Parroquial del señor de San Juan de
esta ciudad, recibió de Francisco del Pozo y de Diego Hurtado,
como albaceas de Juan de León, difunto hermano que fue de la dicha
Hermandad, sesenta reales de los cien que por cláusula de su
testamento había dejado de limosna por entero más que hasta los
setenta reales que ha recibido por esta razón y como tal mayordomo
de que se dio por enterado...
fueron testigos el Licenciado Juan Blanco, Gerónimo de Uribe
y Juan de Astudillo, vecinos de Málaga".(1)
Esta escritura, la más antigua que se conserva, se trata de un
documento de enorme interés histórico, en cuanto, y ante la
ausencia de acta fundacional alguna que verifique su
institución, nos proporciona una serie de informaciones sobre
los orígenes de Hermandad y por la que podemos conocer lo
siguiente: Que la Hermandad existía en dicho tiempo,
deduciéndose de ello, aun a faltade documentos que lo
acrediten, que tuvo que ser su fundación en años anteriores,
posiblemente en las primeras décadas del XVII; que figuraba
establecida en una de las cuatro primeras Parroquias de la
ciudad, la iglesia de San Juan Evangelista (hoy llamada
Bautista); y que aquellos años dependía o estaba bajo la
dependencia de otra corporación, la Cofradía del Santo Cristo
de la Columna, desaparecida en nuestro tiempo.
Es gracias a estas fuentes que nos proporcionan esta
escritura, a partir de la cual podemos reconstruir los
orígenes de esta Hermandad e igualmente reconocer el contexto
en que se forma misma.
No en vano, esta fecha de 1647 en la que se tienen las
primeras referencias documentales acerca de la Hermandad,
coincide con una periodo, el comprendido entre los últimos
años de la década los de los treinta y toda la de los
cuarenta, donde se produce una proliferación de fundaciones
cofrades sin precedentes, ya que no se encuentra hasta bien
entrado el siglo XX otra periodo más fecundo. Esta eclosión
cofrade de la que hablábamos, tiene cierta relación con el
periodo de terribles epidemias que entre 1637 y 1649 padeció
la Málaga.
La existencia de la Hermandad en la Parroquia de San Juan, es un
hecho singular, pues curiosamente, en ninguna de las cuatro
parroquias de la ciudad radicaban cofradías, ya que todas estaban
establecidas en los conventos de distintas órdenes monacales; solo
en la Iglesia de San Juan se verifica la presencia de hermandades
de pasión; la de la Columna, la de los Dolores y la de la Puente.
En lo que respecta a su dependencia con la cofradía de la Columna,
hay que especificar que en aquellos tiempos era un fenómeno algo
normal que muchas hermandades estuviesen bajo el cobijo de otra
matriz. Así ocurría con la de la Puente, que junto a la de Nuestra
Señora del Triunfo, denominada después de la Soledad y luego como
de los Dolores de San Juan, fueron filiales de la Columna.
La Cofradía del Santo Cristo de la Columna fue fundada en el hoy
desaparecido Convento de la Santísima Trinidad, extramuros de la
Ciudad, trasladándose luego a la Parroquia de San Juan, como así
lo atestigua este escrito perteneciente a la citada Cofradía:
"estando en la iglesia Parroquial del señor San Juan de esta
ciudad de Málaga en 7 del mes de abril de 1647 años ante mí
escribano público y testigo, se juntan los hermanos de la Cofradía
del Santo Cristo de la Columna, que primero fue instituida en el
convento de la Santísima Trinidad, extramuros de esta ciudad, y
después se trasladó a dicha Parroquia, ...". (2) Fue durante buena
parte del siglo XVII una de las más importantes y de mayor
abolengo. La última referencia documental encontrada acerca de
esta antigua cofradía es del 3 de abril de 1798 del Semanario
Malagueño (3), quien nos da cuenta en sus noticias sobre las
procesiones que tendrán lugar esa Semana Santa, de la salida
procesional que desde la Iglesia de San Juan efectuará el
Miércoles Santo esta Cofradía. En el transito del siglo XVIII al
XIX se produce su ocaso, muy posiblemente motivado a raíz de las
normas dictadas por los gobiernos ilustrados, perdiéndose
definitivamente tras la invasión y ocupación de Málaga por las
tropas francesas (1810-12) la Imagen y con ella la cofradía, al no
encontrarse noticias alguna desde entonces de la existencia de la
misma.
Con los años la Hermandad de la Puente que se encontraba,
como se ha referido anteriormente, bajo el patronazgo de la
Columna, emprenderá un proceso de segregación de la
hermandad matriz; la fecha que marcará este proceso
emancipatorio será 1655. En este año, fueron presentadas
ante el Provisor del Obispado, el texto de unas
constituciones que serán aprobadas el 1 de abril de 1655,
ocupando la sede episcopal D.Alonso de la Cueva-Benavides y
Mendoza Carrillo.
Ya con el plácet de la autoridad eclesiástica, ocho meses
después, el 26 de diciembre de 1655, se reunirán ambas
corporaciones; por una parte el Hermano Mayor y mayordomos
de la Cofradía de la Columna y por el otro, mayordomos y
hermanos de la Hermandad de la Puente, para, acordando
ratificar dichas constituciones, que otorgaban a esta última
la potestad de actuar autónomamente, dejar constancia de
estas mediante escritura pública notarial. (4)
Desgraciadamente, el texto de esas constituciones con su
articulado que hace alusión esta escritura, no se
hallado de momento, particularidad que hubiese sido
determinante para averiguar, entre otras muchas cosas, si
estas fueron las primeras constituciones que tuvo la
Hermandad, pues es de suponer que cuando se erigió o fundó
como tal tuvieron que realizarse algunas constitu
ciones, o por el contrario se regía por las de la Columna.
En cualquier caso lo que si nos podemos aventurar a afirmar,
es que estas sí son las primeras como hermandad para actuar
con capacidad normativa propia.
Sin
embargo, la aprobación de estas constituciones, como se verá, no
supuso la ruptura total con la Cofradía de la Columna, a la que
siguió de alguna forma vinculada. En todo ello es justo mencionar
el papel que jugó la figura de Juan de Ovando y Santaren, quien
siendo Hermano Mayor de la Cofradía de la Columna, actuó
favorablemente en ese proceso de emancipación de la Hermandad, a
la que ayudó a consolidarse, ocupando el cargo también como
Hermano Mayor.
Juan de la Victoria Ovando y Santaren Gómez de Loasya Rojas
(1624-1706), perteneció a una de las familias nobles de más
abolengo de la ciudad. Fue caballero de la Orden de Calatrava,
Capitán de Infantería y uno de los poetas más relevantes de la
Málaga barroca del siglo XVII. Cristiano piadoso, su vinculación
con las hermandades de pasión le viene de tradición familiar, en
particular con la de la Columna, a la que sus antecesores habían
sido hermanos mayores y patronos, y que por ende lo fue de las
hermandades de La Puente y los Dolores de San Juan, a las que
contribuyó notoriamente para que tuvieran vida propia.
Lo acaecido en la Hermandad, no fue un hecho asilado, pues apenas
pocos años después, esto mismo se reproducirá en la otra hermandad
filial, la de los Dolores de San Juan. Este proceso de formación
de reglas iniciado por las hermandades filiales nos da a pensar,
que algo debió acontecer en el seno del tronco común de la
cofradía matriz para que se originase ese proceso emancipatorio.
En
1675 se redactaron nuevas Constituciones, que fueron aprobadas
el 4 de enero de 1675, (5) que a su vez, cumpliendo con las
promulgadas Constituciones Sinodales de 1671, fueron
sancionadas el 8 de marzo de 1677 por el Obispo de la
Diócesis, Fray Alonso de Santo Tomás. (6)
El texto de estas Constituciones, conservado íntegramente
hasta nuestros días, se presenta en tres páginas, escritas en
letra impresa. Las mismas se inician con una parte preliminar
cuyo encabezamiento resulta muy singular de esta Hermandad, al
recogerse en posteriores ordenanzas, y que se enuncia de esta
forma:
"En el nombre de la Santísima Trinidad, Padre, Hijo y
Espíritu Santo, tres personas y un solo Dios verdadero: para
su mayor gloria y honra de su Madre Santísima, la Virgen
Nuestra Señora que fue concebida sin pecado original desde el
primer instante de su ser. Los hermanos que somos en un número
de sesenta, congregados de la nuestra Hermandad del Paso del
Cedrón que sale en la Cofradía del Santo Cristo de la Columna,
sita en la Parroquial del Señor San Juan de esta ciudad de
Málaga, de que es Hermano Mayor don Juan de la Victoria Ovando
Santarén, caballero de la Orden de Calatrava
y capitán de la Infantería Española por el Rey nuestro señor,
para mejor gobernarnos en esta nuestra Hermandad nos juntamos
Diego de Iniesta y Alonso de Herrera, mayordomos; Juan Pérez
Trujillo, Padre de Almas, y el Licenciado don Luís González de
Lopera, Fiscal, en voz y en nombre de los demás hermanos, a
darle la forma y hacer las constituciones siguientes: .".
(7) Estás
reglas están estructuradas en trece artículos que recogen los
aspectos más sobresalientes y que constituyen, por toda la
información que en ella se aporta, una preciada e interesante
fuente documental para conformar y conocer la historia de esta
Hermandad en su primer siglo de existencia.
En dichas Constituciones figuraba como el primero de todos los
artículos un primordial precepto para todo los hermanos, que
constituirá ser uno de los principios de esta Institución, el
jurar y defender el misterio de la Inmaculada Concepción de la
Virgen: "Primeramente pedimos, y rogamos a los hermanos presentes,
como a los ausentes, y a los que serán de aquí en adelante de esta
Santa Hermandad del Santo Cristo de la Puente del Cedrón, que como
mejor medio para servir con toda perfección a su Divina Majestad
sé ha de reverenciar a su Santísima Madre María Señora nuestra, y
que hagan voto en presencia de esta Señora, de defender en
público, y en secreto el Misterio de la Inmaculada Concepción de
la Reina de los Ángeles María Señora nuestra concebida sin pecado
original". Precepto mariano que la Hermandad defenderá en todas
las posteriores reglas.
A través de estas Constituciones podemos conocer un aspecto tan
importante para toda institución como era el como se gobernaba en
ese tiempo y que cargos conformaban su gobierno. La estructura de
gobierno la componían dos órganos; el Cabildo y la Junta de
Oficiales. Como se ha mencionado, estos oficiales eran elegidos
por el Cabildo. La forma de su elección y quienes debían ser
electos lo define claramente el artículo 9 de las constituciones
de 1675 que, al respecto, determinaban lo siguiente: "Por la
dificultad de juntar a todos los hermanos a Cabildo, sea válido el
que le hiciere solo con doce por los menos, y entre estos se
eligieran dos mayordomos, un Padre de Almas, y un Fiscal y este
Cabildo ha de ser mediada la que reine por votos secretos. Y
pueden los Hermanos por sus Cabildos alterar, y moderar todo
aquello que fuera conveniente al servicio de la Hermandad. Y el
que saliese nombrado por más votos lo ha de aceptar, y a ello se
le ha de apremiar; y si lo rechazase, sea condenado en cuatro
libras de cera para esta Hermandad. Y los dichos mayordomos
nombrados han de ser obligados a cobrar las demandas y luminarias,
y las demás diligencias tocantes al servicio de dicha Hermandad".
Aunque en dichas Constituciones no se habla de la elección o
mandato del Hermano Mayor, en el caso de la Puente, resulta
evidente que su cargo respondía al de la figura más bien de un
patrono benefactor. Como se ha mencionado anteriormente, muchas
hermandades, entre ellas la Puente,
para el mejor gobierno de la
Corporación ponían su presidencia bajo al mecenazgo de un noble,
que además de otorgarles cierto prestigio, les facilitaba medios
económicos. Tales fueron los casos de Juan de Ovando o de Juan
Carlos Swert, dos personajes pertenecientes a familias nobles de
la ciudad y que estuvieron en la nómina de esos primeros hermanos
mayores de esta Hermandad. Por dichos motivos expuestos, la
duración del mandato de estos no estaba sujeta a un tiempo
concreto, más aun, si a los intereses de la Hermandad le convenía
su permanecía.
Al igual que en el presente, el resto de cada uno de los cargos
tenía una función: así los mayordomos, además de ocupar la más
alta instancias, les correspondía el llevar los libros de
inscripción de hermanos, los de cuentas y el de registros o
actas; el Padre de Almas, figura que tenia una labor
estrictamente asistencial, referida a organizar y llevar a
cabo todo lo concerniente a los funerales y entierros de los
hermanos difuntos; y el fiscal, cuyo cargo tenía la
responsabilidad de velar por el cumplimiento de las
constituciones y la custodia del Arca (caja donde se guardaba
los bienes y el dinero) y de la que hablaremos más adelante.
Por lo que respecta a la realización de las salidas
procesionales, hay que decir que durante los siglos XVII,
XVIII y principios del XIX la hermandad no efectuaba sola
la procesión. Como era costumbre, cada iglesia (con
cofradías)tenía asignado un día
de salida: así el Miércoles Santo lo hacían las de la
parroquia de San Juan; el Jueves Santo, las de la Merced y las
de San Luís El Real, que debido al número de cofradías allí
establecidas, se repartían algunas al Viernes; y finalmente el
Viernes Santo las de Santo Domingo y las de San Agustín, amen,
de algunas cofradías que al encontrarse como únicas en otras
iglesias, se incorporaba a un día determinado. De este modo,
la Puente hacía su salida en la tarde del Miércoles Santo,
realizando estación de penitencia en la Santa Iglesia Catedral
junto a las demás hermandades radicadas en la Parroquia,
formando un mismo cortejo procesional.
Serán igualmente en estas Constituciones de 1675 las que nos aportarán
las primeras noticias sobre como era el hábito que debían llevar
los penitentes en la procesión: "A cada hermano se le ha de dar
una hacha y con ella ha de ir alumbrando la santa insignia de la
Puente del Cedrón, vestido con una túnica de lienzo morado, la
cual haya de hacer el hermano a su costa, llevando rostro
descubierto, y con un escapulario de tafetán morado y un escudo en
el brazo con la insignia del Santo Cristo llevando puesta valona
llana". (24)
El hecho de ir con el rostro descubierto, respondía a la Real
Cédula promulgada en 1672 por el Rey Carlos II y a las
Constituciones Sinodales de 1671, que prohibían las caras tapadas
durante la procesión; disposición que la Hermandad de la Puente
acató desde el primer momento. Práctica que mantuvo fielmente
hasta mediados del siglo XIX.
Al analizar la vida de la Hermandad en esta época, no se puede
olvidar una de sus fines principales recogidos en esas
Constituciones, el que constituyó ser la actividad más importante
durante sus tres primeros siglos de existencia, hay que referirse,
a la labor asistencial con los hermanos, socorriéndoles en sus
enfermedades y dándoles enterramiento con gran pompa y fervor,
costeándoles, además, misas y sufragios.
Toda esta labor asistencial que la Hermandad ofrecía, como era
comprensible, estaba sujeta a unas obligaciones. A cambio, la
persona por pertenecer a la misma y favorecerse de todas estas
prestaciones tenía que satisfacer unas cuotas llamadas luminarias.
Así cuando una persona ingresaba en la Hermandad, esta debía de
abonar dos reales y una cuota mensual de un real. Además, cuando
un hermano fallecía los hermanos abonaban dos reales y en caso de
que faltase dinero lo ponía la propia tesorería de la Hermandad.
Un hecho memorable en estos años, es el acontecido en los últimos
años de ese siglo, cuando por parte del Obispo D. Bartolomé Espejo
y Cisneros concede el 25 de marzo de 1696 a la Hermandad, el
privilegio, a los que visitasen la Capilla del Señor de la Puente,
de cuarenta días de indulgencias: "Concedemos los cuarenta días
de indulgencias que se nos piden en el presente memorial a los que
visiten la Capilla del Santo Cristo de la Puente, rezándole con
devoción, por la exaltación y conservación de nuestra Fe Católica
y necesidades presentes de nuestra Monarquía". (8)
CRÉDITOS
"BREVE HISTORIA DE LA HERMANDAD"
Extracto sobre estudio histórico realizado por Diego Hermoso
Ruiz-Vázquez
FUENTES DOCUMENTALES
(1) - A.H.P.M.: Escribanía de Jaime Blanco, leg. 2.045 - Año 1647.
(2) - A.H.P.M.: Escribanía de Juan Hidalgo, legs. 307-310. - Año 1647.
(3) - A.D.E.: Semanario Malagueño, 3 de abril de 1798.
(4) - A.H.P.M.: Escribanía de Juan Hidalgo; fol/s. 1.503-1.504. Año 1655.
(5) - A.H.P.: Constituciones de 1675.
(6) - A.H.P.: Auto de 1677 por el que quedan aprobadas por el
Obispo, Fray Alonso de Santo Tomás,
las Constituciones
redactadas por la Hermandad en 1675.
(7) - Ibidem, parte preliminar.
(8) - A.H.P.: Solicitud emitida por la Hermandad al Obispado para la
concesión de indulgencias plenaria,
a quienes visitasen la Capilla del Señor de la Puente, y otorgamiento por parte del
mismo de esta
indulgencia. Leg.Año 1696.